martes 9 de marzo de 2010

Nuevo Plan Contable Empresarial

El Consejo Normativo de Contabilidad, órgano ejecutor del Sistema Nacional de Contabilidad aplicable tanto para entidades privadas como públicas (según Ley N° 28708 - Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad); mediante su Resolución N°041-2008-EF/94 del 25 de octubre de 2008 modificada por la Resolución N°042-2009-EF/94 del 11 de noviembre de 2009, estableció la entrada en vigencia del Plan Contable General Empresarial a partir de enero de 2,011 (facultando su uso anticipado), en reemplazo del Plan Contable General Revisado (PCGR), vigente por cerca de dos décadas.

El cambio obedece a la intención del Consejo Normativo de Contabilidad de armonizar el plan contable con las disposiciones contenidas en las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y con el Reglamento de Información Financiera de la Comisión Nacional de Empresas y Valores (CONASEV). Este esfuerzo técnico es muy valioso, ya que las empresas tienen una mejor guía de actuación en lo que respecta a la contabilización de sus operaciones y a la emisión de estados financieros de acuerdo con Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados.

Sin embargo, cabe la pregunta, ¿Están obligadas las ONGD, ENIEX y otras entidades sin fines de lucro a implementar el Nuevo Plan Contable Empresarial aun cuando las NIIF oficializadas en el Perú no son aplicables para este tipo de organizaciones? Creemos que Sí, dado que el artículo 2° de la referida Resolución N°041-2008-EF/94, solo exceptúa de dicha obligación, a las entidades facultadas por ley expresa a la formulación y aplicación de Planes Contables, Manuales de Contabilidad u otra denominación similar. Ese es el caso de las entidades financieras y de seguros, AFP, entre otras.
En efecto, aunque resulte incoherente, las ONGD, ENIEX y otras entidades sin fines de lucro están obligadas a implementar el Nuevo Plan Contable Empresarial aun cuando los cambios respecto del PCGR, son prácticamente inaplicables a este tipo de instituciones. Felizmente, el Nuevo Plan Contable Empresarial, ha respetado las cuentas y divisionarias comúnmente usadas, por lo que consideramos que el impacto de esta obligación va a ser mínima sobre el tercer sector, y por tanto no implicarán mayores costos ni proyectos de implementación de sistemas de envergadura.
Es importante subrayar la orfandad de normativa contable para las ONGD, ENIEX y otras entidades sin fines de lucro en el Perú; tarea pendiente del Consejo Normativo de Contabilidad, Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) y de los colegios profesionales de la profesión contable.

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