jueves 31 de diciembre de 2009

Un nuevo marco conceptual para el Sistema de Control Interno de las ONG

El desplome de Enron Corporation, una empresa considerada por la revista Fortune como la más innovadora por 6 años consecutivos, ejemplo de éxito y crecimiento, marcó para siempre la historia financiera del mundo con la desaparición de la firma de auditores más prestigiosa del mundo: Arthur Andersen. La administración o gobierno de Enron fue la causa del desastre, una serie de prácticas ilegales y antiéticas en los negocios y en el manejo de la información financiera hicieron que el valor de cada acción de esta empresa se mantuviera en niveles irreales hasta que se desplomaron a su valor real en diciembre del 2001, generando pérdidas económicas para los inversionistas y sobre todo pérdida de confianza en los mercados de valores del mundo.

Por éste y por otros fraudes financieros en Estados unidos y Europa, The Committee of Sponsoring Organisations of the Treadway Commission (COSO), conformada por organizaciones contables estadounidenses, determinó la necesidad establecer un marco teórico generalmente aceptado para la administración de los riesgos en las organizaciones, a partir del sistema de control interno. En septiembre de 2004, se publica el informe de dicha comisión, denominado Enterprise Risk Management – Integrated Framework (ERM) o también denominado Informe COSO II, el cual no sustituye al informe previo emitido por dicha comisión en 1992, denominado Internal Control – Integrated Framework (IC-IF), conocido también como COSO I, sino más bien lo integra.

Tal como se puede apreciar en el párrafo anterior, el marco conceptual para la implementación o evaluación del sistema de control interno, ha cobrado una relevancia sin precedentes, incluso en los Estados Unidos tiene fuerza de Ley para las empresas emisoras de valores, ya que es recogida por la Sarbanes – Oxley Act. Además, el Sistema de Control Interno ya no es conceptualizado solo como una vasta serie de procedimientos diseñados principalmente para custodiar los activos de las organizaciones, sino se ha convertido en un modelo de gestión que considera los riesgos que enfrentan los negocios para lograr los objetivos trazados. En contraste, en el Perú este nuevo marco conceptual ha sido poco difundido por la profesión contable, siendo muy pocas las empresas que vienen implementando el ERM en sus organizaciones. Sin perjuicio de lo anterior, el Estado Peruano, ha recogido los informes COSO, el I y el II, dentro de la normativa aplicable al Sistema Nacional de Control. En efecto, la Ley 28716 así como las Resoluciones de la Contraloría general de la República N°320-2006-CG y N°456-2008-CG, han establecido las Normas de Control Interno para el sector público, así como las guías para su implementación.

Si los informes COSO I y COSO II son aplicables para el sector privado y para el sector público. ¿Es aplicable también para las organizaciones no gubernamentales de Desarrollo (ONG)? La respuesta es sí, pues estas organizaciones, al igual que las otras, enfrentan riesgos que impactan el cumplimiento de sus objetivos institucionales, y por ende, dichos riesgos deben ser identificados, valorados y administrados para prevenirlos. Además, las ONG tienen un compromiso muy fuerte con la transparencia y los valores del buen gobierno, aspectos que son los que distinguen esta nueva mirada conceptual al Sistema de Control Interno en las organizaciones.

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